La legalización es un proceso administrativo por el cual se da conocimiento a la Dirección General de Industria de una comunidad autónoma de la ejecución de una instalación concreta, bien sea instalación eléctrica en baja, media o alta tensión, instalación térmica, etc…
Una vez finalizada la instalación y legalizada en Industria, se puede dar por concluido todo el trámite, tanto a nivel técnico como a nivel administrativo, estando la instalación preparada para el uso por el que fue diseñada y habiendo demostrado ante la administración y la compañía suministradora que ésta se ajusta a la respectiva normativa de obligado cumplimiento.
¿Qué tipo de legalizaciones hay? ¿Varían en función del tipo de edificio o de su uso?
Cualquier tipo de instalación de cierta envergadura debe ser legalizada en Industria. Dependiendo del tipo de instalación, el trámite varía en función de la potencia, uso o tipo de edificio. De esta manera, se deberán legalizar, entre otras, instalaciones tales como:
- Instalación eléctrica en media tensión y centros de transformación.
- Instalación eléctrica en baja tensión para edificios de viviendas, locales comerciales, de púbica concurrencia y edificaciones industriales.
- Instalación térmica y producción de ACS para edificios de viviendas, locales comerciales y edificios singulares.
- Instalación de gas para edificios de viviendas y locales.
- Instalación de almacenamiento de productos químicos.
- Instalación de protección contra incendios en edificios industriales.
Existen numerosas instalaciones que se deben legalizar y que vienen indicadas en cada uno de los reglamentos específicos de obligado cumplimiento.
¿Cuándo hay que hacer la legalización? ¿Hay que renovarla o, una vez hecha, es válida para siempre?
La legalización, salvo en las instalaciones de alta y media tensión o aquellas que requieran de una autorización administrativa previa a su ejecución, se debe legalizar una vez la citada instalación está ejecutada, certificada por la ingeniería y, en su caso, inspeccionada por un OCA (Organismo de Control Autorizado). Una vez legalizada, no hay que volver a registrarla salvo que se realicen modificaciones importantes. No obstante, se deben revisar por parte del organismo autorizado por Industria cada cierto tiempo (indicado en el reglamento de cada una de las instalaciones).
¿Cuál es el proceso de una legalización?
Depende de cada comunidad autónoma. Generalmente, se trata de una trámite electrónico en el que se describe la instalación a legalizar, las partes implicadas (titular, ingeniería e instalador) y la localización de la misma. Una vez completados los datos, se firma digitalmente por todas las partes y se obtendría lo que se conoce como “boletín diligenciado” por parte de la D.G. Industria.
¿Quién tiene las competencias técnicas para realizarla?
Las competencias vienen descritas en la actual ley de competencias profesionales. Generalmente, son las ingenierías las que se encargan de este proceso.
¿Cuál es nuestra principal recomendación al respecto?
Nuestra recomendación es que siempre se legalicen las instalaciones pues, de no hacerlo, no podemos considerar que el trabajo está terminado. Una vez realizado este trámite, el proyecto de instalaciones habrá sido oficialmente completado, garantizando su adecuación a la normativa vigente.
En GTM Ingeniería y Proyectos, somos especialistas en legalización de instalaciones, con el objetivo de garantizarte el cumplimiento de las normativas vigentes.
Olvídate de trámites. Déjalo en nuestras manos y enfócate en el desarrollo de tu proyecto arquitectónico.
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